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REGISTRO DE OPERACIONES SECUNDARIAS
Registración
Registración de Boletos de Compraventa de Granos a los efectos de la percepción del impuesto de Sello de la Provincia de Santa Fe.
Confirma
Es un avanzado sistema digital de contratos.
Las partes intervinientes que actúen en el Mercado físico de granos, pueden acceder a un sitio en Internet donde pueden instrumentar, firmar y registrar electrónicamente los contratos, que hasta el presente se formalizan en papel.
Este servicio, ofrece un sistema más ágil, eficiente y seguro que reduce los costos operativos de su empresa.
Para más información: www.confirma.com.ar
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REGISTRO DE CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS
Registro de Contratos de Locación o Sublocación de Obras y Servicios a los efectos de la Percepción del Impuesto de Sellos.
Carátula de Contrato de Obras y Servicios
Modelo Contrato de Obras y Servicios Públicos
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INFORMACIÓN DE OPERACIONES PRIMARIAS F1116B y F1116C
Según Resolución A.P.I. 11/03, la cual establece que a partir de la 2da. Quincena de Octubre del cte. (Vencimiento: 10/11/2003) se debe pagar en Banco a través del Aplicativo Si.P.Re.S., el Impuesto de Sellos que grava las operaciones primarias.
Se debe presentar en Bolsa copia de la DD.JJ. emitida por Si.P.Re.S e intervenida por el Banco o copia de Ticket de pago firmada por el presentante, cuadriplicado (firmado por las partes) o fotocopia legalizada de cada uno de los formularios F1116B y F1116C - por el Agente de Retención, Comprador - con la debida inserción por parte del presentante, de la siguiente leyenda: " El presente documento se encuentra incluido en la Declaración Jurada correspondiente a la Quincena .........." y Listado con detalle de las operaciones realizadas en la Quincena debidamente firmada por el presentante.
Cabe destacar que la Bolsa de Comercio de Santa Fe cobra sobre las operaciones no Informadas o Certificadas en la RG 2300/07 de la AFIP (ex RG 1394), en las cuales se haga uso de las alícuotas reducidas de Impuesto de Sellos - operaciones de canje, productores monotributistas o operaciones en las que la retención es del 10,5 % - un Derecho de Bolsa del 0,5 %o tomando como base imponible: Precio x Cantidad + IVA 10,5%.
Esto quiero decir que a pesar que el presentante sólo Informe en la RG 2300/07 de la AFIP (ex RG 1394) y haga uso de la alícuota reducida del impuesto de sellos debe presentar de igual forma el físico del formulario firmado en original por las partes o fotocopia autenticada por el presentante.
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