COMUNICADO DE PRENSA

Advertencia del Foro Empresario de la Región Centro

“Con sorpresa e inquietud, el Foro Empresario de la Región Centro advierte –en un comunicado suscripto el 9 de diciembre de 2020- el avance del tratamiento legislativo del proyecto de modificación de la ley 26.815 sobre el Sistema Federal de Manejo del Fuego, que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación.

“La ley 26.815 sancionada a fines de 2012 fue concebida para ser aplicada a las acciones y operaciones de prevención, supresión y combate de incendios forestales y rurales, en bosques nativos e implantados, áreas naturales protegidas, zonas agrícolas, praderas, pastizales y humedales.

“En ella se determina que el responsable del daño ambiental, que produzca quemas o desarrolle actividades prohibidas, tendrá la obligación de recomponer y adoptar las medidas de reparación, sin perjuicio de las sanciones y demás responsabilidades que le pudieran corresponder.

“Asimismo, en un agregado introducido a dicha ley, en 2017, se incorporó el artículo 22 bis, que estableció que “en caso de incendios de superficies de bosques nativo, cualquiera sea el titular de los mismos, no podrán realizarse modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio”.

“Apartándose totalmente de ese marco, el proyecto de ley que se está debatiendo en el Congreso Nacional, pretende prohibir por el término de 30 años desde su extinción cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio. Y, más aún, dicha prohibición se aplicaría independientemente de que se trate de un incendio provocado o uno accidental.

“Esto implicaría, de promulgarse esta reforma, que el propietario de un campo dedicado a la producción agropecuaria, que hubiese sido víctima de un atentado o sabotaje, o que hubiese sufrido la quema de sus terrenos por un siniestro producido en su zona, por un hecho fortuito o por dolo de un tercero, se verá impedido de disponer el uso de su predio y lo mismo quien lo recibiera por compra o arrendamiento.

“Evidentemente, esto significaría un cercenamiento del derecho de propiedad aún sin haber tenido responsabilidad alguna en la causa que provocó el siniestro.

“Es por ello, que el Foro hace pública esta situación para que los legisladores adviertan el grave daño que su sanción provocaría a los derechos constitucionales y a la producción agropecuaria”, concluye el comunicado.

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10-12-2020  |  Imprimir

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